Actualmente la protección legal que ostenta el género femenino en el derecho español, europeo y árabe está en bastante consonancia con los derechos que tiene el género masculino. La diferencia legal exceptuando en ciertas zonas muy concretas del mundo árabe es prácticamente inexistente y gozan del mismo nivel de protección normativo. Pero no siempre ha sido así y todavía existen reminiscencias jurídicas vigentes con más de 1000 años de antigüedad tanto en el derecho español, europeo y el derecho islámico en el mundo árabe que discriminan a la mujer. La mujer en la antigüedad se encontraba no sólo tutelada bajo el dominio masculino sino que necesitaba una tutela extra incluso cuando fallecía, se quedaba huérfana o embarazada. El nivel de desconfianza y presión social que sufría la figura de la mujer era tal que ofrecía una limitación a su posibilidad de independencia. La casuística existente entorno a la mujer embarazada y la divorciada respecto a su regulación legal en los alrededores del siglo VIII y IX era en el fondo prácticamente idéntico, puesto que perseguían la misma finalidad proveniente de una cultura patriarcal, machista y misógina de muchos siglos regulada legalmente favoreciéndo dicha discriminación. La casualidad de que existan regulaciones muy similares en España, otros países europeos y el mundo árabe y persistan hasta la actualidad, sólo denota una raíz antropológica jurídica merecedora de un análisis que permita desvancarla ya de todos los ordenamientos jurídicos existentes.
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Belén Ángeles Pérez Roldán
Comentó el 11/12/2020 a las 10:36:59
Hola Javier,
comentas en tu ponencia que cuando se empezó a legislar sobre la situación de la mujer en el mundo islámico su situación era más progresista que en el resto del mundo, pero ¿por qué crees que actualmente la situación es la contraria? quiero decir, porqué crees que no evolucionó la situación de la mujer islámica al mismo ritmo que en otras zonas.
Y por otra parte, comentas también que la mujer islámica que enviudaba no podía quedar desprotegida, sin embargo en territorios muy conservadores de la religión islámica como Afganistán conocemos situaciones de mujeres a las que no se protege. ¿Cómo casa esto? Entiendo que las normas son las misas en todos los territorios ¿no?
Gracias
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Javier Antonio Nisa Ávila
Comentó el 11/12/2020 a las 13:37:58
Hola Belén,
El problema de la evolución, realmente no es tal desde un punto de vista jurídico puesto que el ordenamiento jurídico de facto permite actualmente el ejercicio de casi los mismos derechos que los hombres. Los años 50 del siglo pasado fueron un boom cultural y progresista en el mundo árabe que permitió avanzar mucho en derechos. El problema viene tras la caída de muchas de las democracias y la implantación de régimenes autoritarios, los cuales permiten los derechos desde un punto de vista regulatorio pero en la realidad imposibilitan su ejecución por otras vías.
El hecho de Afganistan y Pakistan, son casos muy concretos que se basan en la desnaturalización del corán y la sharia. El velo en el corán es un concepto abstracto que se compone de tres partes y que según el mismo afectan tanto a hombre como mujer, por ejemplo. El problema viene dado por quien interpreta qué.
Espero haberte ayudado
Gracias.
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Salud Adelaida Flores Borjabad
Comentó el 11/12/2020 a las 19:25:46
Aunque te ha respondido Javier, quisiera añadir algo como arabista. La religión islámica cambia dependiendo del país. No es lo mismo Marruecos que Afganistán. En cada sitio, se entiendo de una manera. Por tanto, el papel de la mujer es diferente dependiendo del país.
Bajo mi punto de vista y tras analizar diferentes cuestiones con relación al feminismo en el mundo arabo-islámico, puedo decir que la represión puede la misma que en occidente. Nos fijamos en el velo y en otras cosas, pero no nos fijamos en que en Occidente también hay velos como la talla 38 o la necesidad de estar perfectas todo el día.
Si me hablas de Afganistán, puedo decir que en este caso tenemos que tener en cuenta el régimen político más que la propia religión porque hay prácticas que se declaran islámicas y no son del todo ciertas. Por ejemplo, la abalación no se contempla en el Corán y hay países supuestamente islámicos que lo admiten.
Por todo ello, hablar de un único islam es complicado, más aún cuando la propia palabra siginifica en árabe hacer la paz. Siento haberme metido en esta conversación, pero creo que mi aportación como arabista y Dra. en Estudios Árabes podía ayudar.
En cualquier caso, me reitero en mis opiniones anteriores y le doy la enhorabuena al ponente por su magnífica interpretación de los hechos.
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Javier Antonio Nisa Ávila
Comentó el 09/12/2020 a las 14:34:25
Estimada Salud, la posición de la mujer musulmana respecto a la Europa actual, quitando algunos países muy concretos y los cuales no son significativos como sucede en europa con algunos del este, es una posición jurídicamente superior a la mujer europea, en muchos aspectos tienen una capacidad de respuesta jurídico protectora superior que en Europa.
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Salud Adelaida Flores Borjabad
Comentó el 09/12/2020 a las 23:35:01
Muchas gracias Javier por tu respuesta. No obstante, debido a tu respuesta y teniendo en cuenta el análisis que haces, quisiera saber por qué legislación se rige la muulmana en Europa. Entiendo que si es nacida en Europa debe ser la del país, pero si es inmigrante, ¿Se regiría por las fuentes del derecho Islámico o sería la legislaciones Europea?
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Javier Antonio Nisa Ávila
Comentó el 10/12/2020 a las 10:28:16
Estimada Salud, la posición de la mujer musulmana respecto a la Europa actual, quitando algunos países muy concretos y los cuales no son significativos como sucede en europa con algunos del este, es una posición jurídicamente superior a la mujer europea, en muchos aspectos tienen una capacidad de respuesta jurídico protectora superior que en Europa.
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Salud Adelaida Flores Borjabad
Comentó el 09/12/2020 a las 14:17:04
Hola Javier! Me parece un tema muy interesante. No obstante, como arabista, me urgen dudas: ¿cuál es la posición de la mujer musulmana en relación a la Europa actual? Es decir, hay alguna evolución más allá del derecho y los textos sagrados.
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Javier Antonio Nisa Ávila
Comentó el 10/12/2020 a las 08:31:08
La evolución de la mujer musulmana en europa respecto a la mujer no musulmana y su país de origen se rige por una involución, dependiendo del país y la zona donde viva en europa. La creación de guetos donde conviven personas de una misma cultura fuera de su país, genera una amplificación de todos sus paradigmas culturales, tanto para bien como para mal. La mujer musulmana en su país de origen tiene más apoyo femenino directo que en europa al encontrarse más encorsetada socialmente por su entorno directo y el entorno social general.
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