CÓD.N06-S17-13 ONLINE

La judicialización del derecho humano a la educación inclusiva para un menor con Trastorno de Espectro Autista en México.

Introducción

La educación es un proceso que –en general– pretende el desarrollo equitativo de la sociedad y –en particular– el de cada individuo. Es un derecho para todos, con mayor relevancia para quien se encuentra en desventaja por su condición, como los menores con Trastorno de Espectro Autista (TEA) quienes, en muchas ocasiones, pese a los esfuerzos de los docentes y directivos de escuelas para favorecer su inclusión, no reciben atención adecuada ni especializada, teniendo como consecuencia la vulneración a sus derechos humanos.

Verbigracia, el caso abordado donde la efectividad del derecho humano a la educación inclusiva para un menor con TEA se alcanzó mediante la judicialización, es decir, exigiendo ante un órgano jurisdiccional que las autoridades educativas estatales competentes cumplieran con lo establecido en las normas jurídicas.

Objetivo

La intervención jurídica se propuso que las autoridades educativas garantizaran, en el ámbito de sus competencias, el derecho humano a la educación inclusiva para un menor con TEA en el municipio de Yecuatla, Veracruz, México; toda vez que su derecho, al estar reconocido en normas locales, nacionales e internacionales aplicables, deriva en obligaciones para el Estado, como asegurar un sistema de educación inclusivo en todos los niveles.

Metodología

Se determinó que el derecho humano referido, junto con otros subderechos, considerando la interdependencia e indivisibilidad de dichas prerrogativas, resultaban conculcados, al no existir las condiciones mínimas para favorecer la inclusión educativa del menor con TEA en la institución pública de educación secundaria disponible y asequible a sus condiciones económicas y familiares. Bajo este panorama, la estrategia se basó en la incoación del mecanismo jurisdiccional por excelencia, en México, para la protección y tutela de derechos humanos, el Juicio de Amparo Indirecto, para exigir y garantizar la educación inclusiva a través de la adopción de medidas que transformaran la práctica educativa.

Resultados

Tras la secuela procesal, el órgano jurisdiccional concedió el amparó al menor citado contra las omisiones de las autoridades educativas, ordenándoles asegurar educación inclusiva mediante ajustes que respondieran a sus capacidades y necesidades; entre otros, adscribir al plantel educativo público a un maestro sombra que lo acompañe en la jornada escolar hasta que concluya la educación secundaria, cuyo salario será a cargo del propio Estado y no de sus padres, como ocurre en instituciones educativas particulares.

Discusión

Se estima que, si bien la inclusión educativa debe originarse desde los actores educativos en el contexto inmediato; también, en determinadas circunstancias, se requieren de acciones que exijan a las autoridades a favorecerla, pues es el Estado el principal responsable de propiciar las condiciones para el ejercicio del derecho a la educación, bajo un enfoque de inclusión.

Conclusiones

La judicialización de la educación inclusiva como derecho humano y la obtención de sentencia, además de resolver la problemática, sentó precedente para que más personas con TEA u otra condición, exijan a las autoridades competentes su garantía y efectividad, ya que, no se trata de una dádiva, sino del ejercicio pleno y materialización de los derechos humanos, especialmente para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Palabras clave

Derecho a la educación inclusiva Derechos humanos Judicialización Trastorno de Espectro Autista

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Preguntas y comentarios al autor/es

Hay 8 comentarios en esta ponencia

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      JUAN LUIS CORTES ROJAS

      Comentó el 12/12/2020 a las 00:28:10

      Apreciable Cesar:
      Muy interesante el tema expuesto debido a que los niños con TEA pertenecen a un grupo social muy vulnerable, toda vez que la sociedad carece de sensibilización, agradezco tu dedicación que nos aporta conocimiento sobre el tema, sin embargo la judicialización es una de las primeras etapas de un largo proceso consideras que el personal del sector educativo publico mexicano, esta preparado para enfrentarlo o implementarlo en todos sus aspectos.

      Saludos.

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        César Fabián Reyes Hernández

        Comentó el 12/12/2020 a las 07:42:38

        Estimado Juan Luis Contreras Rojas.

        Agradezco su comentario pues refleja interés en la temática abordada, misma que, a título personal, resulta relevante, ya que, a pesar de que en México no existen datos exactos sobre la incidencia del autismo, en un comunicado del Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad de 2019, se estimó que alrededor de 6 mil 200 personas nacen al año con esta condición. Así, dicha cifra debe ser considerada por los tomadores de decisiones en nuestro país, es decir, por las autoridades competentes que ejercen el presupuesto e implementan políticas públicas, debido a que año con año, son más quienes requerirán de servicios públicos adecuados; además, debe resaltarse que en los menores con TEA se conjugan varias categorías sospechosas que los sitúan en mayor riesgo de discriminación y conculcación a sus derechos, tal y como se diagnóstico en la intervención jurídica descrita, donde se decidió judicializar el derecho a la educación inclusiva al ser necesaria para el ejercicio y desarrollo de otros derechos humanos, bajo la premisa de su interdependencia e indivisibilidad.

        Por lo tanto, en atención a su participación, puedo mencionar que sí existe personal del sector educativo público preparado para efectuar e implementar la educación inclusiva en México para menores con TEA; sin embargo, es evidente la insuficiencia y deficiente distribución de recursos humanos porque se concentran en zonas urbanas principalmente, son saturados de carga administrativa e inclusive un solo docente de educación especial atiende diferentes escuelas, restándole tiempo efectivo con los alumnos. En efecto, si bien es cierto la inclusión educativa debe originarse desde el contexto escolar inmediato, favorecido por docentes, directivos, padres de familia y comunidad, también lo es que hay condiciones que la dificultan, como la falta de preparación de docentes frente a grupo, el escaso personal especializado, la saturación administrativa y el deficiente ejercicio del presupuesto público; de ahí, la importancia de difundir los resultados de la intervención como posibilidad para lograr la inclusión educativa a partir de la judicialización del derecho humano.

        Finalmente, le reitero el agradecimiento por el interés mostrado.

        Saludos cordiales.

        César Fabián Reyes Hernández

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      Ramar Mendoza Díaz

      Comentó el 10/12/2020 a las 21:12:29

      Maestro Cesar.
      seria interesante que atendiendo a tu experiencia en materia de la educación, prepararas una ponencia asi de interesante pero ahora hablando de comunidades indigenas, las cuáles carecen de la tecnologias basicas y necesarias para afrontar el reto que hoy nos pone en estado de vulnerabilidad a los que carecen de recursos.

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        César Fabián Reyes Hernández

        Comentó el 12/12/2020 a las 08:04:30

        Apreciable Doctor Ramar Mendoza Díaz.

        Coincido con su opinión. Los pueblos originarios en nuestro país han sido, sistemática e históricamente, discriminados y segregados de la actividad estatal. Se han generado estereotipos y prejuicios que, en algunos casos, los han llevado a rechazar su propia cultura lo que implica confrontación con su cosmovisión. Por lo tanto, es muy importante el reconocimiento que se les da en la Constitución Política Federal, ya que, ha implicado su respeto y valoración; no obstante, nuevamente se evidencian las profundas diferencias entre lo postulado en la Ley Fundamental con lo que viven los pueblos indígenas, pues aunque ha habido avance, aún queda mucho por hacer. Respecto al derecho a la educación de pueblos indígenas en México, algunos avances son la edición de libros de texto gratuitos en diversas lenguas indígenas, escuelas normales rurales, la presencia de docentes bilingües y la cobertura educativa . Sin embargo, la actual emergencia sanitaria por COVID19, ha visibilizado las insuficiencias, con mayor acentuación en quienes se encuentran en mayor condición de vulnerabilidad, como el acceso a herramientas tecnológicas. En definitiva, esta situación representa una oportunidad para el Estado mexicano de reivindicarse con los derechos de indígenas.

        Un gusto coincidir con usted en el ámbito académico. Saludos cordiales.

        César Fabián Reyes Hernández

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      Ramar Mendoza Díaz

      Comentó el 10/12/2020 a las 21:02:48

      Estimado César te envio un cordial saludo.
      Asi como te hago llegar mis mas sinceras felicitaciones por tu excelente ponencia, ya que es de suma importancia la inclusión a centros educativos para garantizar el derecho a la educacion de todos los niños y niñas.
      Es un orgullo haber sido tu catedratico sigue acumulando exitos.

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      Fernando Centenera Sánchez-Seco

      Comentó el 09/12/2020 a las 23:34:11

      Estimado César Fabian, Carlos y Ramar

      en primer lugar, les felicito por su trabajo, que me ha parecido muy interesante. Quisiera preguntarles si, además de la judicialización, existen otras garantías para preservar el derecho a la educación en casos como el que se considera en la ponencia. Pienso, por ejemplo, en posibles unidades o servicios establecidos en los centros educativos, encargados específicamente de garantizar el correcto derecho a la educación inclusiva para personas con diversidad funcional. Muchas gracias por su atención.
      Un cordial saludo,
      Fernando

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        César Fabián Reyes Hernández

        Comentó el 11/12/2020 a las 08:20:37

        Apreciable Fernando Centenera Sánchez-Seco.

        Agradezco el interés por nuestro trabajo, así como su comentario. Por ello, procedo a responderle de la siguiente manera:

        - México es un país diverso, con múltiples características socioeconómicas, culturales y geográficas que, en definitiva, generan diferencias respecto a la disponibilidad de servicios públicos. En ese orden de ideas, la intervención descrita ocurrió en un municipio veracruzano semiurbano que, de acuerdo con datos oficiales del Consejo Nacional de Población, tiene un alto índice de marginación. Aunado a lo expuesto, en el plantel educativo en el que se encuentra cursando la educación secundaria el menor con Trastorno de Espectro Autista, por ser el único existente y disponible en su contexto inmediato, ningún docente contaba con formación profesional para atender su condición, ni personal especializado que coadyubara en su aprendizaje e inclusión a la comunidad escolar como la Unidad de Servicio y Apoyo a la Educación Regular (USAER), lo que provocaba que fuera ignorado y segregado de las actividades, generando la vulneración en su derecho a la educación y, como consecuencia, riesgo en su proceso de aprendizaje. No obstante, al peticionar formalmente ante las autoridades educativas estatales la garantía de su derecho, argumentaron la insuficiencia de recursos humanos y la imposibilidad administrativa de contratar más personal. Esto condujo a la judicialización, pues se hizo ver al órgano jurisdiccional que las autoridades eran omisas en sus obligaciones a pesar de contar con un amplio presupuesto y personal docente.

        - Entonces, derivado de la diversidad de contextos en México puede observarse que es en zonas urbanas y con desarrollo económico, que las instituciones educativas públicas sí cuentan con mayor personal especializado para brindar atención y favorecer la inclusión educativa, es decir, existe cercanía y disponibilidad de los servicios; mientras que, en zonas alejadas y con baja población, existen carencias para fortalecer el proceso educativo, robusteciendose la vulneración del derecho a la educación junto con otros derechos humanos. Así, se visibilizan las diferencias contextuales y la necesidad de plantear políticas públicas encaminadas a la igualdad de oportunidades para todos, donde se beneficie a personas en situación de vulnerabilidad.

        - En suma, la inclusión educativa debería darse desde la propia institución educativa, pero cuando esto no ocurre resulta viable la judicialización, siendo un juez el que ordene a las autoridades a cumplir con su deber.

        Le reitero nuestro agradecimiento.

        César Fabián Reyes Hernández

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