La rebeldía se presenta como un elemento esencial para comprender el devenir histórico; más si cabe, en un momento como el actual, en el que acechan diferentes crisis tanto a la sociedad en su generalidad, como al ser humano en su singularidad. Como modo de enfrentamiento o contraposición, la rebeldía se encuentra en el núcleo de la cuestión política, pues posibilita el cambio y la transformación: participa de luchas colectivas o de historias individuales de distinta índole e implica múltiples acciones que buscan desafiar una autoridad o forma de poder.
En el discurso, esta pluralidad se traduce en una irrupción heterogénea que atiende a prácticas, temáticas o contextos muy variados; no obstante, en el ámbito del cambio y de la transformación social, algunos de estos aspectos también se observan en otros términos como desobediencia, resistencia o revolución. Términos que son empleados en ocasiones de forma sinónima a la rebeldía, incluso solapándose indistintamente en su uso.
Partiendo de una noción de discurso eminentemente práctica, que lo concibe como vehículo de reproducción y transformación, la rebeldía es propuesta como un objeto que mantiene diferentes relaciones a partir de las cuales establece un dominio que define, siguiendo a Foucault, “aquello de lo que se habla”. Desde este punto de vista, este trabajo plantea que el carácter nominal de la rebeldía -como término o palabra que se pronuncia en el discurso- debe ser problematizado junto a otros que hipotéticamente puedan desvelar tras de sí las mismas prácticas y que, por ende, participan de su construcción discursiva.
Para ello, se indaga sobre los significados y los usos que adquieren la rebeldía, desobediencia, resistencia y revolución, así como sus posibles cercanías y distancias como términos que irrumpen en contextos o atmósferas similares. Siendo todos ellos estudiados en distintas disciplinas -con una especial atención desde la ciencia y la filosofía política-, se realizará un recorrido por diferentes perspectivas y trabajos desarrollados principalmente en la academia, como instancia reconocida que delimita objetos de estudio. Esta labor permitirá especificar, separar, oponer o agrupar rasgos que forman parte de la rebeldía discursiva como objeto del discurso.
A partir de esta puesta en común, se plantea la preponderancia de las prácticas y realidades que estos términos designan frente al empleo no siempre exhaustivo del que puedan ser susceptibles en determinados discursos a la hora de considerar sus semejanzas o diferencias. Por último, se proponen una serie de elementos transversales que participan de la construcción discursiva de la rebeldía como objeto y posibilitan su estudio. Un objeto que manifiesta su relación con la práctica más allá de un ideal estático y hermético, como es tratado en ocasiones.
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Andrea Pérez Ruiz
Comentó el 15/12/2020 a las 23:09:22
Hola, Joaquín. Aunque el congreso ya terminó, me he interesado por tu ponencia a posteriori y no he querido dejar de comentar lo interesante que me parece la reflexión que planteas; la guardo como referencia. ¡Enhorabuena por el trabajo!
Saludos.
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Joaquín Galindo-Ramírez
Comentó el 16/12/2020 a las 08:42:16
Muchas gracias, Andrea. Un saludo!
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Salvador Mayordomo Hernández
Comentó el 11/12/2020 a las 23:59:32
Hola Joaquín, muchas gracias por la presentación de tu ponencia. Encuentro muy interesante la ponencia por lo que de novedoso supone para mi unir el concepto de rebeldía con el de revolución. Aunque en apariencia no debería ver tanta distancia entre rebeldía y revolución, así me ocurre. Intentado profundizar en el concepto desde un área de mi interés investigador.
¿Estima Ud. que la rebeldía como movimiento tiene algo que aportar en la vida política de hoy en día en estados que han nacido de la Revolución, como Cuba, China, Irán o cualquier otro similar?
Muchas gracias por su atención.
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Joaquín Galindo-Ramírez
Comentó el 12/12/2020 a las 09:38:02
Hola Salvador, gracias por tu participación.
Creo que la relación entre rebeldía y revolución, aunque a veces se muestra muy cercana en el lenguaje, es ciertamente problemática, ya que la revolución implica bajo mi punto de vista una valoración de los cambios que provoca que no siempre requiere la rebeldía; esto es, para que se pueda hablar de revolución han de producirse unos cambios profundos, como en los ejemplos que citas.
En cuanto a tu pregunta, pienso que la rebeldía juega un papel esencial en el devenir histórico y que eso afecta a cualquier estado de cosas, incluidos los instaurados por revoluciones como la cubana, china o iraní. En este sentido, y sin dotarla necesariamente de un carácter ideológico, creo que la rebeldía puede representar el contrapunto a múltiples prácticas que se producen en el seno de estos sistemas políticos y, por supuesto, de otros. Muchas gracias por tu comentario, Salvador. Un saludo!
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Salvador Mayordomo Hernández
Comentó el 13/12/2020 a las 21:55:08
Gracias por su respuesta y su tiempo.
Saludos cordiales.
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Sergio Quintero Martín
Comentó el 11/12/2020 a las 22:12:12
Buenas tardes Joaquín,
A la hora de hablar del término de desobediencia y la desobediencia civil, ¿has pensado en incorporar la perspectiva que aporta Hannah Arendt y, sobre todo, en la diferencia que hace con respecto a otros términos que comentas como el de revolución y rebeldía?
Me ha resultado una ponencia muy aclaratoria. Mi enhorabuena.
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Joaquín Galindo-Ramírez
Comentó el 12/12/2020 a las 09:18:13
Hola Sergio, gracias por tus comentarios.
Por supuesto, Hannah Arendt es toda una referencia en materia socio-política y sus ideas sobre la desobediencia y la desobediencia civil tienen una profunda relevancia. En este ponencia, por cuestión de espacio y por aportar una mayor variedad de autores, he preferido quedarme con Arendt únicamente para el concepto de revolución. No obstante, para trazar un recorrido más extenso, creo que la idea de Arendt de desobediencia civil en conjunción a una comunidad resulta profundamente interesante. Gracias por tu aportación!
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Santiago Rodríguez-Rubio Mediavilla
Comentó el 10/12/2020 a las 18:53:37
Estimado Joaquín. Muchas gracias por tu comunicación. Será un placer leer tu artículo cuando salga publicado. Un saludo,
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Joaquín Galindo-Ramírez
Comentó el 10/12/2020 a las 23:27:10
Te agradezco mucho tus palabras Santiago. Un cordial saludo!
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César Ortega Esquembre
Comentó el 10/12/2020 a las 16:29:25
Hola Joaquín. Enhorabuena por tu ponencia. Me ha resultado muy interesante la forma en que presentas lo que denominas la “familiaridad entre términos”. Entiendo tu tesis de que existe una suerte de continuidad entre los fenómenos de la rebeldía, la desobediencia, la resistencia y la revolución, dándose sin embargo diferencias más o menos explícitas. No obstante, me gustaría saber si has tenido en cuenta un quinto fenómeno que, aunque ciertamente un poco más alejado de estas categorías, puede encontrar ciertas semejanzas con ellas, sobre todo con la categoría de “desobediencia civil”. Me refiero al fenómeno de la “objeción de conciencia”. Entiendo por desobediencia civil, siguiente la interpretación de autores como Jürgen Habermas, John Rawls o Ronald Dworkin, una “protesta moralmente fundamentada”, de carácter simbólico y no violento, que no tiene por objetivo el cuestionamiento del ordenamiento jurídico en su conjunto, sino la protesta contra la deficiencia de una norma particular sobre el trasfondo normativo de los principios constitucionales. ¿Cómo crees que se relaciona este fenómeno con el fenómeno de la objeción de conciencia? Muchas gracias de antemano por tu respuesta.
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Joaquín Galindo-Ramírez
Comentó el 10/12/2020 a las 23:26:03
Hola César, lo primero agradecerte tus palabras y la cuestión que planteas. Siendo sincero, no he pensado de forma específica la objeción de conciencia en relación a los términos que trabajo en la ponencia, de ahí que te agradezca especialmente tu aportación.
Teniendo en cuenta la trascendencia moral o ética de la objeción de conciencia, y entendiendo la desobediencia civil en los términos que señalas, la relación es plausible. Y ello porque el cuestionamiento de una ley o norma concreta del ordenamiento jurídico que indicas se basa en la invocación de ciertos principios morales que se ponen en valor y que el sujeto considera que prevalece sobre un determinado mandato. A este respecto, y teniendo en cuenta la categoría de rebeldía que propongo, la objeción de conciencia también estaría atravesada por unos valores subjetivos, unas relaciones de poder en las que se está inmerso y unas acciones a través de las cuales se muestra el rechazo y la voluntad de cambio. Si bien en ocasiones actuar en pos del cambio es interpretado de forma sinónima a actuaciones violentas, desde mi punto de vista la no violencia por la que aboga la desobediencia civil y la objeción de conciencia pueden ser entendidas como manifestaciones de rebeldía. Vuelvo a agradecerte tu comentario. Un saludo César!
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