Cuando nos preguntamos qué va a ser del Derecho civil en su devenir, mi propósito no es en modo alguno el de adivinar el futuro del Derecho civil, sino intentar un diagnóstico aproximado que tenga utilidad para comprender mejor su actualidad. Pasado y futuro, aquí como en tantas actividades humanas, se da la mano (deben darse la mano, en lo que eso significa de tránsito pacífico desde la tradición hacia las realidades venideras) en la actualidad de lo que es el Derecho civil. Hablar de futuro suele resultar perturbador, pues anticipar acontecimientos supone asumir el riesgo de equivocarlos, y los diagnósticos erróneos tienen por lo general funestas consecuencias en cualquier ámbito de la vida. A menos que se describa una realidad tan pospuesta que exima del rigor de una comprobación inmediata, o a menos que se confunda con el presente último o ya acontecido (y, en consecuencia, fácilmente verificable).
En relación al futuro del Derecho civil cabría preguntar ¿de qué futuro hablamos? Hablar de futuro es esencialmente relativo: al tiempo de escribir estas líneas, una pequeña parte de lo que se espera se está convirtiendo en u presente, que lleva entrañado el riesgo inminente de convertirse poco a poco en pretérito ¿Cabe algún optimismo respecto del futuro del Derecho civil, tiene un futuro? No parece muy aventurado concluir que lo tiene, el Derecho civil no desaparecerá a pesar de las novedades que tiene que asumir constantemente. La supervivencia está condicionada por su capacidad de adaptación al medio en que se desenvuelve.
En lugar del intento de pintar un panorama de futuro con todas sus incertidumbres y su falibilidad, creo preferible ensayar algunos trazos gruesos a modo de pinceladas que los años venideros tendrán que matizar y completar para que su representación adquiera sentido. Me fijaré en unos pocos aspectos del Derecho civil, pero fundamentales, suficientes para calcular la “altitud vital” de cada generación. La altitud vital que estamos conociendo es sorprendente, porque los referentes morales y éticos se han multiplicado y resultan absolutamente heterogéneos (y cuanta más altura adquieren, más nos descubren cuánto pueden abajarse). Pero resultan sobre todo extraordinarios los innumerables avances técnicos, provocan vértigo generacional para quienes solamente somos adoptivos para esa “generación digital” o de “nativos digitales”, de “millennials” nacidos a partir de los años ochenta del pasado siglo. Tales avances han llegado al ámbito del Derecho, ya no son un mero repertorio de recursos ofimáticos, van camino de dejar de ser meras herramientas de gestión del conocimiento y, por supuesto, transforman el Derecho civil en algunos aspectos. Por eso recobra importancia no perder de vista su razón de ser genética: el Derecho civil debe servir a la persona y sus fines en toda su dignidad. Es decir, una vez más, la persona como elemento nuclear del Derecho civil. Sin esta referencia corre riesgo de quedar reducido a un mero compendio de normas, que tienen en común la organización de un sector de la realidad social.
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María Salomé Magaña Martínez
Comentó el 10/12/2020 a las 23:44:42
Felicitaciones por su exposición, es verdad, la sociedad y el Derecho evolucionan, esa evolución acarrea una serie de retos que los legisladores en múltiples ocasiones teman hacerle frente o no están preparados para dar una respuesta desde la postura legislativa o desde las políticas publicas, en ese sentido, uno de los tópicos que sufren de esa evolución lo es precisamente la conformación del núcleo familiar, en ese sentido mi pregunta sería: en su opinión, en ese futuro ¿la familia será el núcleo social primario? o ¿se ponderará la individualidad de la persona frente al grupo social? Muchas gracias por su respuesta.
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Isaac TENA PIAZUELO
Comentó el 12/12/2020 a las 12:16:30
Estimada colega, saludos. Muchas gracias por sus amables palabras. Su pregunta es bien interesante y me gustaría poder responder con certidumbres sobre el futuro. Sin embargo, como mero observador de la realidad actual, pienso que se trata de una cuestión coyuntural: resulta en cada época y en cada país de las políticas concretas (la "ingeniería social") que se aplican, y también de los cambios en los valores culturales. Pondré un par de ejemplos. Resulta bien conocido el resultado de las políticas de individualización que se han seguido desde los años ochenta en los países nórdicos. Otro ejemplo, cabe reflexionar sobre el papel (y el destino) de las personas ancianas en la sociedad española. Alguien dijo alguna vez que hogar es el lugar donde nacen los niños, y mueren los hombres… Esa bella descripción, probablemente, ya no se adapta bien al concepto de hogar familiar (familia) en la actualidad. Reciba un saludo cordial
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MARINA ROJO GALLEGO-BURÍN
Comentó el 10/12/2020 a las 15:54:04
Buenas tardes, enhorabuena por su ponencia es muy enriquecedora. Me suscita cuestiones diversas, pues al referirse a cuestiones como el blockchain o smart contracta, que tienen una dimensión transnacional usted considera que necesitamos de un Derecho Civil a nivel global?más allá de la Unión Europea? o eso sería imposible?.
Muchas gracias de antemano
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Isaac TENA PIAZUELO
Comentó el 12/12/2020 a las 12:26:56
Muchas gracias, Marina. La pregunta que hace es una de las "grandes" incógnitas sobre el futuro del Derecho civil. Se pueden ofrecer respuestas formuladas con ilusión por el futuro. Sin embargo creo que la realidad resulta menos prometedora, y más que una unificación del Derecho civil supranacional (todavía muy lejana), a lo único que podemos aspirar por el momento es a la globalización de las soluciones técnicas que precisa el desenvolvimiento del tráfico jurídico-económico. Tal vez se pueda afirmar que son las necesidades económicas las que irán modelando en el futuro los conjuntos normativos uniformes (con independencia de cómo se denominen). Con un cordial saludo,
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Gerard Rincón Andreu
Comentó el 09/12/2020 a las 17:13:53
Interesantísimos todos los retos que plantea. En concreto, sobre el tema de la unificación, ¿cree que indefectiblemente la UE cada vez irá adquiriendo más competencias en materia civil? ¿A futuro es posible una codificación a nivel comunitaria, más allá de los Reglamentos y Directivas? Muchas gracias y felicitaciones por la ponencia.
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Isaac TENA PIAZUELO
Comentó el 12/12/2020 a las 12:35:03
Muchas gracias, Gerard. Sus preguntas contienen en sí mismas interesantes reflexiones. Y la respuesta resulta arriesgada, como adivinar un futuro sometido a tantas tensiones distintas como concurren en la actualidad. En este momento, al menos en mi opinión, resulta excesivamente aventurado imaginar un futuro próximo en que se consume de manera general la unificación normativa del espacio europeo. Basta recordar las propias dificultades (o el fracaso, si se quiere decir) con que tropezamos en el proceso para aprobar la Constitución europea. Mucho me temo que serán las necesidades económicas compartidas, más que las ilusiones políticas, las que permitirán extender el ámbito del Derecho uniforme en Europa. Reciba un cordial saludo
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Jennifer Marin Ordoñez
Comentó el 09/12/2020 a las 10:47:18
Muy interesante su disertación, además deja en el tintero los múltiples cambios que se avizoran en el Derecho Civil que aunque son reconocidos por todos, a nivel legislativo existe un letargo que no permite que se genere el avance esperado; quisiera preguntarle toda vez que menciona a los seres sintientes, si considera posible incluir a la familia multiespecie en las modificaciones futuras del código civil. Dado ese reconocimiento por algunos tribunales (en el caso de Colombia la Corte Constitucional en 2019 ha reconocido que los animales son seres sintientes y no cosas).
Los perros o los gatos hoy se han vuelto fundamentales al interior de las familias, incluso muchas parejas que no desean tener hijos prefieren adquirir una mascota, en Estados Unidos las mascotas reciben bienes sucesorales y en Colombia el año pasado una pareja se disputó la custodia de su mascota deberían estas actuaciones ser reguladas?
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Isaac TENA PIAZUELO
Comentó el 12/12/2020 a las 13:15:28
Muy interesante pregunta, Jennifer. Y de tan difícil respuesta que estoy tentado de redirigirla a unos cuantos colegas colombianos, juristas extraordinarios y extraordinarios amigos. Pero como me encuentro yo en el apuro, intentaré dar una explicación. Buena parte de los países occidentales hemos heredado del Derecho romano (en fundamental medida) las categorías del Derecho. Es cierto, por otra parte, que el desarrollo científico, el progreso social, el aumento del nivel de vida, e incluso algunas doctrinas morales de influencia, permiten replantear ahora mismo la contraposición hermética entre personas y cosas. Sin embargo, en síntesis, no creo que el desenlace futuro venga por una extensión de la condición humana (a pesar del desarrollo, difícil de imaginar, de la robótica y especialmente de la IA). Más bien pienso en una diversificación de las categorías jurídicas no humanas, según se vayan haciendo merecedoras de normas más específicas. Por contraste, con las cosas, tal vez haya de defenderse la integridad del concepto de persona (con sus valores específicos que están más allá de los meros instintos, de la eficiencia, de la rentabilidad, etc.) como límite último de la propia humanidad del Derecho. Con un cordial saludo,
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