CÓD.N06-S17-16 ONLINE

Píldoras procesales: el poder comunicativo del juez y el restablecimiento del orden institucional en la Causa Especial 20907/2017

  1. Introducción

La finalidad del Derecho es la regulación de los diferentes aspectos sociales mediante una serie de normas y regulaciones estipuladas por los organismos competentes. Cuando se generan ciertas tensiones sociales, una de las soluciones más efectivas consiste en la intervención de una tercera persona, ajena al problema, a la que se debe convencer para que solucione la contrariedad en un sentido concreto. Cuando la solución al conflicto supone la privación de libertad, el encausado y los participantes profesionales y no profesionales que apoyan su tesis pueden realizar, de manera consciente o inconsciente, acciones comunicativamente descorteses que provocan que el o la juez, máxima autoridad de la interacción comunicativa que se desarrolla en la Sala, intervenga para reestablecer, de manera más o menos directa, la formalidad propia de las interacciones judiciales.

  1. Objetivos

El presente trabajo pretende documentar algunas intervenciones comunicativas inadecuadas por parte tanto de los participantes profesionales como de los participantes no profesionales que participaron en la Causa Especial 20907/2017, conocida coloquialmente como “el juicio del procés” catalán,  provocaron que el presidente del Tribunal evidenciara su poder de actuación mediante ciertos procedimientos discursivos destinados a recriminar la inadecuación de las declaraciones o a amonestar a los sujetos de control.

  1. Metodología

Esta investigación toma como punto de partida determinados momentos de la grabación que ofreció la Oficina de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial, y que retransmitieron en directo a toda la sociedad Televisión Española y Televisió de Catalunya. El hecho de poder recuperar esta información audiovisual se debe a que varios usuarios de la plataforma Youtube registraron momentos del acto judicial y los subieron a la plataforma de distribución de vídeos. En concreto, nos basamos en el vídeo titulado “Los grandes éxitos de Marchena: broncas, intervenciones y zascas del magistrado”, una contribución del 10 de mayo 2019 realizada por el usuario apodado “El periodista Camorrista”. A través de un análisis empírico de carácter cualitativo se analizan aquellos actos discursivos que, a pesar de enmarcarse en un ámbito comunicativo formal y ritualizado, son propios de intervenciones coloquiales e informales.

  1. Conclusiones

El análisis de las interacciones comunicativas que se desarrollan en la Causa Especial 20907/2017 permite concluir que, si bien todos los participantes son conscientes de la formalidad del contexto en el que se encuentran, también con conscientes de que esta situación comunicativa puede serles hostil, hecho que provoca que empleen estrategias comunicativas de carácter informal con una finalidad defensiva. Cuando esto sucede, el juez recurre a todos los medios a su alcance para reestablecer la solemnidad y el protocolo que deben regir el comportamiento procesal.

Bibliografía básica de consulta:

Brown, P. y Levinson, S. C. (1987): Politeness. Some Universals in Language Usage, Cambridge: Cambridge University Press.

Cervera, Á. y Torres, J. (2015): “Análisis conversacional del Discurso Procesal Penal”, Pragmalingüística, 23, 8-21. Cádiz: Universidad de Cádiz.

Ducrot, O (1986): El decir y lo dicho. Polifonía de la enunciación. Barcleona: Paidós.

Fairclough, N. (1989): Language and Power. London: Longman.

Searle, J. (1990): Actos de habla. Madrid: Cátedra.

Torres, J. (2017): Lingüística procesal: estrategias discursivas en los juicios españoles, Vallirana: Bosch Editor (Colección Bosch Procesal).

Palabras clave

(Des)cortesía verbal Comunicación Derecho procesal Lingüística forense

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Preguntas y comentarios al autor/es

Hay 2 comentarios en esta ponencia

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      Marta González Aparicio

      Comentó el 13/12/2020 a las 02:03:41

      Enhorabuena por su ponencia, me ha parecido muy interesante como jurista, pues aborda una temática desconocida para mí. Es curioso como, a pesar de lo normado que está el Derecho Procesal, las propias expresiones de los intervinientes en un proceso tan reglado, puedan ser tan exhaustivamente examinadas para obtener resultados tan minuciosos. Me gustaría, al hilo de esto, conocer su opinión sobre si cree que esta pequeña informalidad contribuye a acercar el procedimiento jurídico al ciudadano o, por el contrario, crea una idea errónea en este, en el sentido de que devalúa en cierta medida su formalidad.
      Un saludo muy cordial.

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        José Torres Álvarez

        Comentó el 14/12/2020 a las 11:07:09

        Estimada Marta:

        Gracias por su comentario y por su pregunta. En mi opinión, la presencia de elementos informales en el discurso jurídico acerca el procedimiento al ciudadano porque deja entrever la humanidad de la persona que va juzgar un determinado caso (aunque, a veces, esto pueda dar lugar a interpretaciones erróneas) y porque sirve para rebajar el grado de formalidad que suele influir, sobre todo, en las declaraciones de los participantes no profesionales (si estas se producen en un entorno más informal, es mucho más fácil obtener matices probatorios que pueden hacer que el litigio se resuelva en un sentido determinado). Como en toda situación comunicativa, la relación formalidad-informalidad debe reflejarse en su justa medida.

        Un saludo,

        José Torres.

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