CÓD.N06-S14-05 ONLINE

Desconexión digital como derecho humano laboral, la agenda pendiente en México.

Resumen

El trabajo ha sido históricamente el medio para la obtención de recursos que mejoran o satisfacen las necesidades de una persona y su familia, es por ello que regular las condiciones en las que se presta, impacta de forma significativa en el desarrollo y disfrute de otros derechos humanos. En el contexto internacional actual, nos encontramos participando en una nueva revolución del mundo laboral, esta transformación se ha denominado industria 4.0 y se mantiene protagonizada por el big data, el internet de las cosas, la robótica, la inteligencia artificial, la nanotecnología. Las tecnologías de la información y de la comunicación son la base de las formas de empleo actuales y la hiperconectividad el pan nuestro de todos los días.

En este escenario y ante la situación de emergencia sanitaria mundial ocasionada por el nuevo coronavirus y la enfermedad de COVID-19, se reconoce que el trabajo como actividad humana, exige el cumplimiento de un mínimo de garantías y derechos irrenunciables, entre ellos: el derecho a la jornada máxima, derecho a un salario remunerador, derecho a la estabilidad en el empleo, libertad de sindicación, derecho a descanso y otros propios de la naturaleza social del derecho del trabajo.

Como hilo conductor para el desarrollo general de la investigación se emplea el método deductivo, partiendo de un enfoque de derechos humanos laborales, arribando a la conceptualización del derecho a la desconexión digital y su regulación en otros sistemas jurídicos para arribar al concepto y regulación del derecho al descanso en el sistema jurídico. Se utiliza el método comparativo para realizar un contraste de la regulación jurídica del derecho a la desconexión entre sistemas jurídicos que ya lo han incorporado en su legislación. 

El objetivo central de este trabajo es resaltar la interdependencia que existe entre el derecho al descanso y la desconexión digital con otros derechos humanos, así como destacar la necesidad de su regulación en la legislación mexicana, ello para responder como pregunta de investigación ¿en qué forma afecta la falta de regulación del derecho a la desconexión digital a los derechos humanos laborales de las personas trabajadoras en México?

De lo anterior se desprende la necesidad de estudiar la jornada de trabajo y de forma específica el descanso y la desconexión digital como un derecho de toda persona trabajadora que le permitirá, en condiciones de dignidad, continuar con su labor sin mermar otros derechos humanos, tales como la salud, la intimidad y la vida privada. De la presente investigación se advierte la necesidad de implementar una regulación del derecho a la desconexión digital en el sistema jurídico mexicano.

Palabras clave

Derechos humanos Descanso Desconexión digital Trabajo

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Preguntas y comentarios al autor/es

Hay 18 comentarios en esta ponencia

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      Mario Millán-Franco

      Comentó el 11/12/2020 a las 19:22:03

      Enhorabuena estimadas ponentes, muy interesante la visión del binomio trabajo decente-desconexión digital. ¿consideráis que podría ser útil una legislación común internacional sobre el derecho a la desconexión digital?
      Muchas gracias de antemano,
      Mario Millán

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        Karen Elvira Rodríguez Díaz

        Comentó el 11/12/2020 a las 21:19:36

        Gracias Mario.

        Totalmente. Sin duda alguna resulta de mucha utilidad la regulación internacional de esta y otras figuras contemporáneas que están afectando las relaciones humanas, se espera que la Organización Internacional del Trabajo adopte un nuevo convenio o se pronuncie por medio de una recomendación de todos estos temas tan presentes en las relaciones laborales de la actualidad. No obstante, creemos que es sumamente importante el estudio de necesidades de cada país para poder tener normas jurídicas eficaces.

        Saludos

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      Juan Alberto Tormos Pérez

      Comentó el 11/12/2020 a las 18:23:12

      Enhorabuena a las autoras de esta ponencia. Me ha parecido muy interesante, de hecho, la cuestión de la desconexión digital está enormemente de actualidad, también en España, como ya saben. Se discute en particular sobre el alcance de este derecho a la desconexión digital del trabajador, y por ello, mi pregunta sería: ¿qué alcance piensan que debe tener este derecho?, ¿es viable configurarlo de manera absoluta en estos tiempos de hiperconectividad? Es cierto que entra en juego el derecho al descanso del trabajador, pero según qué puestos de trabajo, ¿piensan que la desconexión puede/debe ser total? Muchas gracias

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        Karen Yarely García Arizaga

        Comentó el 12/12/2020 a las 01:26:14

        Gracias Juan Alberto por el interés y la pregunta.

        En México no contamos a la fecha con legislación vigente en materia de desconexión digital, no obstante tenemos una propuesta de reforma que parece avanzar en el congreso.

        Creemos que debe reconocerse como un derecho humano laboral de todas las personas trabajadoras, sin distinción por regla general.

        Desde luego, no ignoramos que excepcionalmente, por la propia interdependencia con otros derechos humanos, podrá interpretarse en forma restrictiva este derecho. En este mismo sentido, la negociación colectiva permitirá que se clarifiquen reglas específicas para ciertas formas de empleo o quizá ciertos puestos de trabajo, insistimos sólo en forma excepcional.

        Esto se debe a que son muchos y diversos los derechos humanos que se han visto afectados en esta contingencia mundial. No obstante, todos estamos llamados a tomar acciones concretas, ya sea desde el diálogo social, la negociación colectiva, la investigación, la academia, el sector empresarial, y desde luego, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias.

        Saludos.

        Dra. Karen Yarely García Arizaga.
        Profesora-investigadora de tiempo completo, UABC.
        yarely.garcia@uabc.edu.mx

        Lic. Karen Elvira Rodríguez Díaz.
        Estudiante de especialidad en Derecho, UABC.
        karen.rodriguez58@uabc.edu.mx

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      María Carmen Aguilar Martín

      Comentó el 11/12/2020 a las 13:02:02

      Estimadas compañeras
      Les felicito, no cabe duda que su ponencia ha despertado el interés en muchos de nosotros. Enhorabuena!.
      A la vez quería preguntarles ¿cómo está recogido legalmente el derecho a la desconexión en su país?. En el caso de España, fundamentalmente está regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
      Además quisiera saber ¿en qué medida creen ustedes que la implantación del teletrabajo puede afectar al derecho a la desconexión digital?.
      Un cordial saludo,
      M. Carmen Aguilar Martín

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        Karen Elvira Rodríguez Díaz

        Comentó el 11/12/2020 a las 21:42:27

        Gracias por la felicitación Carmen.

        Respondiendo a la primera duda, actualmente en México no se cuenta con una legislación que aborde el tema de desconexión digital como tal, sin embargo estamos teniendo pequeños acercamientos y muestra de ello es la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo que se voto el pasado 8 de diciembre por la Cámara de Diputados.
        Por lo que respecta al teletrabajo y sus implicaciones para la desconexión digital, creemos que afecta de forma significativa la implementación de esta modalidad de trabajo a distancia con la conciliación de la vida privada y el trabajo, apostamos por una regulación con derechos y obligaciones para los empleadores como trabajadores que permita armonizar las actividades que se desarrollen desde el espacio privado.

        Saludos.

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      Juli Antoni Aguado Hernández

      Comentó el 11/12/2020 a las 10:58:39

      Buenos días, Me ha parecido muy interesante la ponencia que presentan.
      Desde la consideración de la desconexión digital como derecho humano laboral y de sus ventajas para las personas trabadoras y las empresas, me gustaría conocer su opinión sobre las dificultades de su implementación real, sobre todo, en la "nueva normalidad" tras la pandemia de la COVID-19.
      Muchas gracias.

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        Karen Yarely García Arizaga

        Comentó el 12/12/2020 a las 01:14:55

        Gracias por el interés y sus comentarios Juli Antoni.

        Es innegable que el reto del reconocimiento y garantía del derecho a la desconexión digital en la vida real se presenta enorme, no solo en tiempos de COVID-19 sino en la post pandemia.

        Esto se debe a que son muchos y diversos los derechos humanos que se han visto afectados en esta contingencia mundial. No obstante, todos estamos llamados a tomar acciones concretas, ya sea desde el diálogo social, la negociación colectiva, la investigación, la academia, el sector empresarial, y desde luego, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias.

        Saludos y gracias a ti.

        Dra. Karen Yarely García Arizaga.
        Profesora-investigadora de tiempo completo, UABC.
        yarely.garcia@uabc.edu.mx

        Lic. Karen Elvira Rodríguez Díaz.
        Estudiante de especialidad en Derecho, UABC.
        karen.rodriguez58@uabc.edu.mx

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      Enric Sigalat Signes

      Comentó el 10/12/2020 a las 22:46:08

      Saludos. Felicitarles por el trabajo.
      La desconexión es necesaria y también saludable. No obstante, de qué forma consideran que debe fomentarse teniendo en consideración las exigencias de los nuevos entornos de trabajo (incertidumbre, internacionalización…), la heterogeneidad empresarial y las nuevas formas de trabajo en red y por proyectos. Muchas gracias.

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        Karen Yarely García Arizaga

        Comentó el 12/12/2020 a las 01:08:55

        Gracias por la felicitación pero sobre todo por el interés Enric.

        Coincidimos en que la desconexión es necesaria. Reconocemos que las nuevas formas de empleo y el auge del teletrabajo en el contexto de una cuarta revolución industrial, traen consigo exigencias muy variadas, por tanto, pensamos que debe apostarse a una regulación de la desconexión digital en las normas para clarificar el alcance de derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores. Además, se le debe apostar a la negociación colectiva como una gran válvula que permite diversificar la protección de los sujetos de las relaciones laborales.

        Saludos desde México.

        Dra. Karen Yarely García Arizaga.
        Profesora-investigadora de tiempo completo, UABC.
        yarely.garcia@uabc.edu.mx

        Lic. Karen Elvira Rodríguez Díaz.
        Estudiante de especialidad en Derecho, UABC.
        karen.rodriguez58@uabc.edu.mx

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      Mariché Navío Navarro

      Comentó el 10/12/2020 a las 20:23:52

      ¡Hola, compañeras! Quería mandarles mis felicitaciones por este trabajo tan oportuno e innovador con respecto al objeto de estudio. Igualmente, querría hacerles una consulta dirigida a la aplicación de este problema laboral a un ámbito de trabajo concreto: el docente. Como saben, a raíz de la crisis del COVID-19 en las universidades y otros centros educativos ha comenzado a imperar la educación online (apoyando a la presencial o de manera autónoma). En este sentido, los profesores que trabajamos online recibimos multitud de mensajes por muchas vías disponibles por parte del alumnado. Evidentemente, con el objetivo de acompañarlos y resolver todas sus dudas, muchas veces nos vemos implicados en largas conversaciones que exceden horarios laborales normales. ¿Han analizado, en su país o en términos generales, la relación que puede existir entre esta falta de desconexión digital de los docentes y síndromes como el burnout? ¡Gracias y felicitaciones de nuevo!

      Mariché Navío Navarro
      Prof. Colaboradora Doctora
      Marketing Digital, Publicidad Online y Redes Sociales
      Universidad CEU San Pablo
      Mariche.navio.navarro@gmail.com

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        Karen Elvira Rodríguez Díaz

        Comentó el 11/12/2020 a las 04:55:49

        ¡Hola Mariché! Agradecemos las felicitaciones y muy especialmente la duda planteada, estamos seguras de que todas las intervenciones enriquecen esta y futuras investigaciones.

        Coincidimos totalmente con usted al dirigir la mirada a la población docente. Específicamente para esta investigación no abordamos puntos tan concretos como el que se plantea, pero no destacamos la posibilidad de abundar en un futuro un estudio de caso en el cual seguramente podremos analizar la desconexión digital con el síndrome burnout u otras consecuencias derivadas de la conciliación entre la vida laboral y la privada.

        Muchas gracias por fomentar el diálogo y perspectivas diferentes sobre el impacto de la desconexión digital.

        Dra. Karen Yarely García Arizaga.
        Profesora-investigadora de tiempo completo, UABC.
        yarely.garcia@uabc.edu.mx

        Lic. Karen Elvira Rodríguez Díaz.
        Estudiante de especialidad en Derecho, UABC.
        karen.rodriguez58@uabc.edu.mx

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      Karen Elvira Rodríguez Díaz

      Comentó el 10/12/2020 a las 18:40:28

      Estimado Jorge, agradecemos las felicitaciones y el interés mostrado por el tema.

      Realmente consideramos que respecto a la desconexión digital como tal no existe un grado alto de preocupación. Primero, porque el término en sí es nuevo para la población trabajadora, tan nuevo es que se desconoce su concepción o alcance. Aunado a lo anterior, consideramos que a veces existe tal grado de asimilación respecto a la vinculación de la realidad social que no se percibe a la misma como un problema de derecho.

      Por lo que respecta a su segundo planteamiento, opinamos que si se le pudiera otorgar un voto de confianza respecto a las posibilidades del desarrollo de la figura en la legislación laboral. Si bien el ejecutivo no ha presentado ninguna propuesta en la materia, el pasado 8 de diciembre se dictaminó una propuesta de una fracción parlamentaria de los diputados en la cual, tenemos un primer acercamiento. Se espera que todos, legislativo, ejecutivo y judicial sigan dado pasos firmes hacia un reconocimiento y garantía efectiva de ese derecho.

      Gracias nuevamente por las palabras.

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      Guillermo Orfao e Vale Tabernero

      Comentó el 10/12/2020 a las 10:51:59

      Estimadas Karen Elvira y Karen Yarely, en primer lugar quería felicitarles por su ponencia ya que trata un tema de gran relevancia teniendo en cuenta la situación actual y los continuos cambios del mercado laboral.

      Me gustaría conocer su opinión en relación a la implementación de una normativa que regule el derecho a la desconexión social. ¿Cómo creen que se podría regular y controlar el derecho a la desconexión social, de tal manera, que los trabajadores se vean completamente protegidos frente a una posible explotación laboral por parte del empleador al exigir un permanente estado de conexión al trabajo?

      Gracias de antemano.

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        Karen Yarely García Arizaga

        Comentó el 10/12/2020 a las 17:29:30

        Muchas gracias por la felicitación y la pregunta Guillermo.

        En un tema que en México avanza paulatinamente. Para la regulación de esta figura, consideramos que primero se debe reconocer como derecho de todos los trabajadores, no sólo en el contexto del teletrabajo. También se debe precisar como obligación de los patrones en la legislación secundaria, señalando además las sanciones para el caso de su incumplimiento; en la Ley Federal del Trabajo (la principal ley laboral en México) tenemos sanciones que van desde multas hasta penas privativas de la libertad.

        Lo anterior sin perjuicio que los jueces de instancia así como los jueces constitucionales, vayan a la par, dictando sentencias vanguardistas bajo el principio de primacía de la realidad donde ponderen los derechos humanos laborales reconociendo a la desconexión digital como uno de ellos.

        Seguimos pendientes Karen Elvira y una servidora.

        Saludos.

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      Jorge García Martín

      Comentó el 09/12/2020 a las 20:15:17

      Estimadas Elvira y Yarely:

      Mis más sinceras felicitaciones por su comunicación, desde luego de un alto interés pues cada vez son más los trabajadores que se ven “obligados” a acceder al tele-trabajo como una condición sine qua non.
      Me gustaría conocer su opinión en una doble dirección: por un lado ¿Cuál dirían ustedes que es el grado de preocupación social entre la población trabajadora mexicana sobre el fenómeno que han estudiado?. De otro lado quisiera conocer su opinión acerca de las posibilidades que existen ahorita, con un gobierno como el de López Obrador, de desarrollar una legislación laboral que incluya el derecho a la desconexión digital.

      Muchas gracias, y reitero mis felicitaciones por su aportación en el Congreso

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        Karen Elvira Rodríguez Díaz

        Comentó el 10/12/2020 a las 18:41:30

        Estimado Jorge, agradecemos las felicitaciones y el interés mostrado por el tema.

        Realmente consideramos que respecto a la desconexión digital como tal no existe un grado alto de preocupación. Primero, porque el término en sí es nuevo para la población trabajadora, tan nuevo es que se desconoce su concepción o alcance. Aunado a lo anterior, consideramos que a veces existe tal grado de asimilación respecto a la vinculación de la realidad social que no se percibe a la misma como un problema de derecho.

        Por lo que respecta a su segundo planteamiento, opinamos que si se le pudiera otorgar un voto de confianza respecto a las posibilidades del desarrollo de la figura en la legislación laboral. Si bien el ejecutivo no ha presentado ninguna propuesta en la materia, el pasado 8 de diciembre se dictaminó una propuesta de una fracción parlamentaria de los diputados en la cual, tenemos un primer acercamiento. Se espera que todos, legislativo, ejecutivo y judicial sigan dado pasos firmes hacia un reconocimiento y garantía efectiva de ese derecho.

        Gracias nuevamente por las palabras.

        Responder


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